Desde que salio la Ley de Ordenación a la Edificación (Ley 53/2002 de 30 de diciembre), todos los promotores y, en su defecto, los contructores, están obligados a la contratación de un seguro DECENAL, si la edificación es para uso privado (viviendas).
La ley exige otras medidas complementarias al Tomador de la póliza y, la duración de la cobertura es de 10 años, desde la finalización de la obra.